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Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en los Emiratos Árabes Unidos
Artículo 51: prohíbe a los funcionarios consulares y demás empleados de la
oficina ".redactar documento alguno por encargo de los particulares, ni deberán mezclarse en ninguna forma en los contratos y actos de las partes." Los registradores y empleados de su dependencia no podrán solicitar ni aceptar del público gratificaciones ni podrá redactar documento alguno por El interesado deberá enviar o presentar el documento vía fax o correo electrónico, junto con la copia de su Pasaporte o Cédula de Identidad, para que sea revisado por el Funcionario Consular. Si el documento está bien elaborado y la Sección Consular otorga el visto bueno, deberá enviar el original visado por un abogado venezolano), no se aceptan copias y no podrá venir notariado, ni firmado. Posteriormente, deberá cancelar los Derechos Consulares, a través de Deposito Bancario en la Cuenta Bancaria que se señala. Especificaciones para el otorgamiento de un Poder
Hay dos tipos de poderes: Especial y General
El Poder Especial:
Es para un determinado asunto o negocio del poderdante en Venezuela. El costo de éste es de Cien Dólares Americanos (US$ 100,oo). El Poder General:
Es para todos los asuntos o negocios del poderdante en Venezuela, otorga plenas facultades de administración y disposición de todos sus bienes. El costo de éste es de Trescientos Dólares Americanos (US$ 300,oo). Si se otorga un poder en representación de una empresa es necesario presentar el registro y acta constitutiva de la empresa en original y fotocopia. El documento deberá estar redactado en español; en papel de tamaño legal (8.5 x 14 pulgadas); a doble espacio; tres centímetros de margen de cada lado y cinco centímetros arriba; un máximo de treinta (30) líneas por página. Si se otorga un poder como apoderado de otra persona deberá presentar el Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en los Emiratos Árabes Unidos

Requisitos para el Registro de Poderes:
El documento (Poder o Revocatoria) deberá estar redactado en idioma español, en papel tamaño oficio, a doble espacio, con máximo treinta (30) líneas por página, en los márgenes laterales de tres (3 cm.) y el margen superior de cinco (5 cm.). Tres (3) Originales y dos (02) fotocopias. Poder(es) en original con inpreabogado y firmado por un Fotocopia de la Cédula de Identidad o Pasaporte Vigente Planil a de Depósito Original por un monto dependiendo del tipo de Si el Poder que se otorga es para la venta de un bien mueble traer la fotocopia del documento de propiedad. Si se otorga un Poder como apoderado de otra persona o empresa, deberá presentar el poder original que lo autoriza. Si se firma a nombre de una empresa deberá presentar el Registro Mercantil de la misma o la Asamblea General donde se le confiere la potestad de otorgar poderes. Los Derechos Consulares deberán ser depositados en el Nacional Bank of Abu Dhabi, Cuenta Corriente Nro. 0148036240, a nombre The Embassy of the Bolivarian Republic of Venezuela. El original del Comprobante de depósito debe ser entregado a la Sección Consular o en su defecto copia del comprobante debidamente sel ada por el banco. Todas las fotocopias presentadas deberán estar legibles, no se realizarán trámites con fotocopias que no se puedan leer. En caso de que desee enviar los documentos por correo, la dirección de la Embajada es la siguiente: Cal e Al Karama 24, Número 12, Villa Número 32, Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos (E.A.U.). Código Postal: 60925. TODOS LOS PODERES RELATIVOS A RÉGIMEN DE MENORES, SEGURO
SOCIAL Y ACTOS RELATIVOS AL MATRIMONIO, ESTÁN EXONERADOS
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Revocatorias y Sustituciones
Se requiere de los mismos requisitos y costos exigidos para los Poderes, según Copias Certificadas
Las copias certificadas de los documentos autenticados en el Consulado deberán solicitarse por escrito, en carta dirigida al Consulado, indicando el número de acto, folios, libro o tomo y fecha en que se otorgó. El costo de las copias certificadas es de Ochenta Dólares Americanos (US$ 80,oo) por Si usted desea enviar sus documentos por correo, incluya su número de teléfono, pues se le llamará para darle una cita para la firma del documento. Si desea comunicarse con el funcionario encargado de poderes, favor comunicarse a través del número telefónico (02) 445-2240 o al correo electrónico: [email protected]
NOTA: LOS DERECHOS CONSULARES DEBERÁN SER DEPOSITADOS
EN EL NACIONAL BANK OF ABU DHABI, CUENTA CORRIENTE

N° 0148036240, A NOMBRE: THE EMBASSY OF THE BOLIVARIAN
REPUBLIC OF VENEZUELA. EL ORIGINAL DEL COMPROBANTE DE
DEPOSITO DEBE SER ENTREGADO A LA SECCIÓN CONSULAR O EN SU
DEFECTO COPIA DEBIDAMENTE SELLADA POR EL BANCO.

Source: http://www.embavenezabudhabi.ae/downloads/REQUISITOS%20PARA%20REGISTAR%20UN%20PODER%20ABU%20DHABI.pdf

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